Nuestro país a partir de la ley
de regulación de la Medicina Prepaga N° 26.682 promulgada en tal fecho y su
decreto reglamentario N° 1993/2011, ha entrado a una reforma del sistema innovadora,
novedosa, desafiante.
Por un lado el mercado de la medicina prepaga, antes
discurriendo con reglas impropias de la actividad, ya que se trataban de
contratos comerciales supervisados por
la secretaría de comercio, lejos de la regulación y el alcance de la superintendencia
de servicios de salud; por otro las obras sociales de dirección que como una
especie diferente, necesitaban una red prestadora más importante, porque por
definición cuentan con más y mejores recursos, y luego las obras sociales
sindicales, icono indiscutible de la seguridad social.
Allí, comienzan los enredos
cuando por acción de la desregulación y su posibilidad de traspasos entre
agentes del seguro, abrió el mercado a los jugadores privados, quienes tentados
por el denominado “descreme” ofrecieron a los usuarios cautivos del agente del
seguro, la posibilidad de migrar a un sistema donde pudieran contener unas
necesidades diferentes, en definitiva una segmentación adecuada.
La nueva regulación, nos pone a
todos en un sistema de incertidumbre: ¿hacia dónde se orienta la seguridad
social? Aquí reina un profundo silencio. La superintendencia, como puede, trata
de ir cumpliendo con lo que el reglamento de la ley establece, pero aún le
falta un nivel de respuesta que pueda arrojar un poco de certidumbre. Las
preguntas se responden a pedido, sin hacer propicias las preguntas de los
agentes del seguro para ampliar como conocimiento nuevo lo respondido.
Las prepagas que tienen que
presentarse en el registro y comenzar a recorrer el largo espinel que recorre silenciosamente
todo el sistema de obras sociales, lo
hace a paso cansino. De hecho la superintendencia, a emitido una
intimación a manifestar los precios de los planes para mayores de 65 años, lo
que a cualquiera le hace pensar que lo exige el agente regulador… seguramente
por la poca respuesta que deben estar formulando frente a pedidos de
incorporaciones.
Es cierto que hay un aporte en este sentido de la nueva regulación, ya que por lo menos establece una canasta básica de prestaciones, el denominado PMO, el que ahora está claro que ayuda a generar una vara par medir a todos. (continúa)
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