Nuestro país a partir de la ley
de regulación de la Medicina Prepaga N° 26.682 promulgada en tal fecho y su
decreto reglamentario N° 1993/2011, ha entrado a una reforma del sistema innovadora,
novedosa, desafiante.
Por un lado el mercado de la medicina prepaga, antes
discurriendo con reglas impropias de la actividad, ya que se trataban de
contratos comerciales supervisados por
la secretaría de comercio, lejos de la regulación y el alcance de la superintendencia
de servicios de salud; por otro las obras sociales de dirección que como una
especie diferente, necesitaban una red prestadora más importante, porque por
definición cuentan con más y mejores recursos, y luego las obras sociales
sindicales, icono indiscutible de la seguridad social.
